El convenio urbanístico de 28 de abril de 2000 vincula el desarrollo del Sector 21 con la compensación de determinados gastos anticipados.
El Ayuntamiento, ANMAMAISA y Camier aparecen vinculados al convenio urbanístico de 28 de abril de 2000. El modelo permitía adelantar obras y ajustar después sus costes en la reparcelación.
Conecta las obras adelantadas con las cuentas urbanísticas posteriores.
- Alcaldía
- Enric Llorca PSC
- Decisión adoptada
- Convenio urbanístico de 28 de abril de 2000.
- Contexto
- La Sentencia 6/2018 reproduce aspectos relevantes del convenio: su finalidad, la previsión de créditos y compensaciones y la referencia a trabajos y gastos urbanísticos anticipados.
- Qué ocurrió después
- Entre 2003 y 2004 se ejecutan obras de urbanización antes de cerrar las cuentas definitivas del Sector 21.
- Fuente
- Sentencia 6/2018 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Barcelona, de 4 de enero de 2018. También citan el convenio la Sentencia 70/2016 y la cronología de Ràdio Sant Andreu.Sentencia 6/2018 (Iberley)